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Cualquier persona que pretenda llevar a
cabo ampliaciones, modificaciones, sustituciones de
infraestructura, rehabilitación y mantenimiento de obras
y actividades señaladas en el artículo 5º del Reglamento
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del
Impacto Ambiental, así como con las que se encuentren en
operación. |
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I. Cuenten previamente con la
autorización respectiva o cuando no hubieren requerido
de ésta;II. Las acciones por realizar no tengan relación
alguna con el proceso de producción que generó dicha
autorización, yIII. Dichas acciones no impliquen
incremento alguno en el nivel de impacto o riesgo
ambiental, en virtud de su ubicación, dimensiones,
características o alcances, tales como conservación,
reparación y mantenimiento de bienes inmuebles;
construcción, instalación y demolición de bienes
inmuebles en áreas urbanas, o modificación de bienes
inmuebles cuando se pretenda llevar a cabo en la
superficie del terreno ocupada por la construcción o
instalación de que se trate.
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Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales Dirección General de Impacto y Riesgo
Ambiental Av. Revolución 1425, Nivel
16 Colonia Tlacopac San
Angel CP 01040, México, D.F. | |
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Seleccione
con doble click |
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Horarios de atención |
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En el Distrito Federal en el Centro
Integral de Servicios (CIS) Oficinas Centrales de 10:00
a 15:00 horas, de lunes a viernes.Para atención en los
estados, deberá consultar el horario del CIS o
Delegación Federal que
corresponda. | |
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No aplica |
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Concepto |
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No Aplica |
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Observaciones |
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Sección no
capturada | |
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Otras vistas |
Escrito libre |
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No. Original(es) |
No. Copia(s) |
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1 | |
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1.- Nombre, denominación o razón social de quién o
quiénes promuevan, en su caso de su representante
legal |
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1.- Documentos que acrediten su
personalidad |
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No.
Original(es) |
No.
Copia(s) |
1 para cotejo |
1 | | |
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Sección no capturada |
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