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Homoclave: |
SEMARNAT-05-005-B | | |
Nombre del trámite: |
Autorización
para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos,
métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o
tecnologías alternativas a las establecidas en las
normas oficiales mexicanas en materia ambiental de la
Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y
Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
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Dependencia u organismo |
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales | |
Unidad administrativa responsable del
trámite |
Dirección General Gestión de la Calidad del
Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de
Contaminantes | |
Dirección de la unidad administrativa
responsable |
Av.
Revolución 1425, interior nivel 39 Colonia:Tlacopac
San Ángel Código postal: 01040, México,
D.F | |
Datos
del responsable del trámite para consultas o
quejas | |
Nombre del responsable: |
Ana
María Contreras
Vigil | |
Cargo: |
Directora General de Gestión de la Calidad
del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de
Contaminantes | |
Correo electrónico: |
ana.contreras@semarnat.gob.mx | |
Dirección y teléfonos |
Av.
Revolución 1425, interior nivel 39 Colonia:Tlacopac
San Ángel Código postal: 01040, México,
D.F Teléfono(s): 56.24.35.02 Fax:56.24.35.96 | |
Horarios de atención al
público |
Horarios de atención En el Centro
Integral de Servicios (CIS) Oficinas Centrales de 10:00
a 15:00 horas, de lunes a viernes. En los estados
consultar horarios en el CIS o Delegación
correspondiente. Los CIS o Delegaciones estatales fungen
como ventanilla de recepción del trámite para ser
turnado a la DGGCARETC en el D.F.
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En caso de que
tenga algún problema en la atención a su trámite, puede
usted presentar su queja o denuncia
en: | |
Órgano Interno de Control : |
Avenida San Jerónimo No. 458 Piso
4 Colonia: Col. Jardines del pedregal Código
postal: 01900, México, Distrito Federal Teléfono(s):
55.95.25.02 Ext : Fax: Horarios de atención al
público: De 09:00 a 17:00 horas de lunes a
viérnes. | |
SFP: |
SACTEL: En el Distrito Federal: 1454-2000
En el interior de la República: 01 800 112 05
84 Desde Estados Unidos o Canadá : 1 888 475-2393
Correo electrónico:
sactel@funcionpublica.gob.mx | |
Esta
ficha es para un
servicio | |
Métodos de
Prueba Alternos que cuenten con autorización anterior
publicada en el Diario Oficial de la
Federación | |
¿
Qué efectos tendría la eliminación de este trámite
? | |
Los particulares
que son regulados mediante Normas Oficiales Mexicanas no
estarían en posibilidad de solicitar autorizaciones de
métodos de prueba alternativos y tendrían que utilizar
las estipuladas en las Normas Oficiales Mexicanas. Se
limitaría el uso de alternativas iguales o mejores a las
establecidas en las Normas Oficiales
Mexicanas | |
Fundamento jurídico que da origen al
trámite | |
Artículo 49, Ley
Federal sobre Metrología y Normalización
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Casos en los que se debe presentar el
trámite | |
¿Quién? |
Personas físicas o morales
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¿En qué casos? |
Cuando exista una autorización anterior para
el uso de materiales, equipos, procesos, métodos de
prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías
específicos, los destinatarios de las normas pueden
solicitar la autorización para utilizar o aplicar
materiales, equipos, procesos, métodos de prueba,
mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativos,
para el cumplimiento de una norma oficial mexicana y se
quiera utilizar estas tecnologías alternas
autorizadas | |
Medio de presentación del
trámite | |
Por medio de
escrito libre Debe presentar 1 original(es) y 2
copia(s). | |
Datos de información
requeridos: |
1.-
Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes
promuevan, en su caso de su representante legal, 2.-
Domicilio para recibir notificaciones 3.- Petición
que se formula 4.- Hechos o razones que dan motivo a
la petición 5.- Órgano administrativo a que se
dirigen 6.- Lugar y fecha de su emisión 7.-
Firma del interesado o su representante legal 8.-
Clave Única de Registro de Población (CURP)
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Este trámite es
gratuito. | |
No le pueden
exigir un pago distinto al indicado en esta ficha. En
caso contrario, por favor repórtelo a los teléfonos de
quejas y denuncias
señalados. | |
Documentos que deben anexarse a la
solicitud | |
1.- Comprobación
de que se encuentra en los mismos supuestos de la
autorización otorgada para la utilización de métodos
alternos de la norma respectiva (Uno original(es)
copia(s)) ( original(es) 1 copia(s)) 2.- Documentos
que acrediten la personalidad del solicitante o del
representante legal (1 para cotejo original(es) 1
copia(s)) | |
Plazo máximo de respuesta |
Plazo de respuesta 15 días
naturales
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Fundamento jurídico: |
Artículo 49 último párrafo, Ley Federal
sobre Metrología y
Normalización | |
Si al término
del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha
respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta
en sentido
afirmativo. | |
La autoridad
cuenta con un plazo máximo de 5 días naturales para
requerirle al particular la información
faltante. Comentarios:El particular cuenta con cinco
días hábiles contados a partir de que haya surtido
efectos la notificación para entregar los datos o
documentos que le hayan sido requeridos en la
notificación; transcurrido el plazo correspondiente sin
desahogar la prevención, se desechará el trámite. El
plazo para que la SEMARNAT resuelva el trámite se
suspenderá y se reanudará a partir del día hábil
inmediato siguiente a aquel en el que el interesado
conteste la notificación.
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Tipo de resolución: |
autorización | |
Criterios de resolución del
trámite | |
1.-Que se
compruebe ante la Dirección General de Gestión de la
Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia
de Contaminantes que se encuentra en los mismos
supuestos de la autorización que se publico en el D.O.F.
y a la cual hace referencia el particular en su
solicitud. (Art. 49 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización) | |
1.- Este
trámite debe ser solicitado ante la Dirección General de
Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y
Transferencia de Contaminantes (Artículo 29 fracción
XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recurso Naturales D. O. F. 21 de enero de
2003).
2.- Para poder solicitar una autorización
para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos,
métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o
tecnologías alternativos, debe de haber una autorización
anterior y que ésta se encuentre publicada en el Diario
Oficial de la Federación.
3.- Los datos
personales recabados para la atención de su trámite
serán protegidos y serán incorporados y tratados en el
Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en el
artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo y 4, fracción II, inciso a) del Acuerdo
por el que se crea y establecen las bases de
funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de
junio de 2005. Lo anterior se informa en cumplimiento
del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de
Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la
Federación el 30 de septiembre de
2005 | | |
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