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Dirección General de Manejo Integral de Contaminantes
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SUBSECRETARIA DE GESTION PARA LA PROTECCION AL AMBIENTE
LEY FEDERAL DE DERECHOS
CUOTAS A COBRAR EN EL PERIODO ENERO - JUNIO DE 2004
CAPITULO XIII SECCIÓN NOVENA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
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FACTOR
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1.0234
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LICENCIAS (ATMÓSFERA) |
CLAVE DE CÓMPUTO |
400101 |
Art. 194-O.- Por el otorgamiento de la licencia ambiental única para la prevención y control de la contaminación de la atmósfera, a las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan olores, gases o particulas sólidas o líquidas a la atmósfera, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas: |
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I.- Por la recepción y evaluación de la solicitud de licencia |
$1,500.00
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$1,500
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II.- Actualización de licencia de funcionamiento o de la licencia ambiental única |
$750.00
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$750.00
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AUTORIZACIONES DE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS |
CLAVE DE CÓMPUTO |
400149 |
Art. 194-T.- Por la evaluación de cada solicitud y , en su caso, autorización de las siguientes actividades en materia de residuos peligrosos, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas: |
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I.- Operación de unidades para la recolección y transporte de residuos peligrosos |
$2,377.40 |
$2,377 |
II.- Instalación y operación de sistemas de almacenamiento de residuos peligrosos |
$2,376.13 |
$2,376 |
III.- Instalación y operación de sistemas de reciclaje de residuos peligrosos |
$1,500.00 |
$1,500 |
IV.- Instalación y operación de sistemas de reuso de residuos peligrosos |
$1,500.00 |
$1,500 |
V.- Instalación y operación de sistemas de tratamiento de residuos peligrosos |
$3,916.40 |
$3,916 |
VI.- Instalación y operación de sistemas de incineración de rsiduos peligrosos |
$31,567.29 |
$31,567 |
VII.- Instalación y operación de sistemas para el confinamiento de residuos peligrosos |
$51,978.76 |
$51,979 |
AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS |
CLAVE DE CÓMPUTO |
400150 |
Art. 194-T-1.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, autorización para importar y exportar residuos peligrosos, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas |
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I.- Para importar residuos peligrosos |
$1,205.93 |
$1,206 |
II.- Para exportar residuos peligrosos |
$566.60 |
$567 |
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES |
CLAVE DE CÓMPUTO |
400151 |
Art. 194-T-2.- Por la evaluación y, en su caso, aprobación de los programas para la prevención de accidentes, para quienes realicen actividades altamente riesgosas, pagarán el derecho, conforme a la cuota de |
$1,481.57 |
$1,482 |
ESTUDIOS DE RIESGO |
CLAVE DE CÓMPUTO |
400157 |
Art. 194-T-3.- Por la evaluación y emisión de la resolución del estudio de riesgo ambiental, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación conforme a las siguientes cuotas: |
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I.- Estudio de riesgo Nivel 0 (ductos terrestres) |
$684.71 |
$685 |
II.- Estudio de riesgo Nivel 1 (antes Informe Preliminar de Riesgo) |
$1,047.27 |
$1,047 |
III.- Estudio de riesgo Nivel 2 (antes Análisis de Riesgo) |
$635.06 |
$635 |
IV.- Estudio de riesgo Nivel 3 (antes Análisis Detallado de Riesgo) |
$2,128.02 |
$2,128 |
LOS PAGOS SE REALIZÁN EN BANCOS AUTORIZADOS CON EL FORMULARIO FISCAL No. 5 "DECLARACIÓN GENERAL DE PAGO DE DERECHOS", EN 3 JUEGOS.
DEBERA ANEXARSE UN ORIGINAL AL FORMATO ORIGINAL DEL TRAMITE Y EN EL RESTO COPIAS. |
Actualización:
July 18, 2005
Responsable: Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
Contáctenos al correo: dggimar@semarnat.gob.mx
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Tel. 56-24-33-42; 56-24-33-77
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