Dirección General de Manejo Integral de Contaminantes

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SUBSECRETARIA DE GESTION PARA LA PROTECCION AL AMBIENTE
LEY FEDERAL DE DERECHOS
CUOTAS A COBRAR EN EL PERIODO ENERO - JUNIO DE 2004

CAPITULO XIII SECCIÓN NOVENA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN

 
FACTOR
1.0234
LICENCIAS (ATMÓSFERA)
CLAVE DE CÓMPUTO
400101

Art. 194-O.- Por el otorgamiento de la licencia ambiental única para la prevención y control de la contaminación de la atmósfera, a las fuentes fijas de jurisdicción federal que emitan olores, gases o particulas sólidas o líquidas a la atmósfera, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas:

 
 

I.- Por la recepción y evaluación de la solicitud de licencia

$1,500.00
$1,500

II.- Actualización de licencia de funcionamiento o de la licencia ambiental única

$750.00
$750.00
AUTORIZACIONES DE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS
CLAVE DE CÓMPUTO
400149

Art. 194-T.- Por la evaluación de cada solicitud y , en su caso, autorización de las siguientes actividades en materia de residuos peligrosos, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación, conforme a las siguientes cuotas:

   

I.- Operación de unidades para la recolección y transporte de residuos peligrosos

$2,377.40
$2,377

II.- Instalación y operación de sistemas de almacenamiento de residuos peligrosos

$2,376.13
$2,376

III.- Instalación y operación de sistemas de reciclaje de residuos peligrosos

$1,500.00
$1,500

IV.- Instalación y operación de sistemas de reuso de residuos peligrosos

$1,500.00
$1,500

V.- Instalación y operación de sistemas de tratamiento de residuos peligrosos

$3,916.40
$3,916

VI.- Instalación y operación de sistemas de incineración de rsiduos peligrosos

$31,567.29
$31,567

VII.- Instalación y operación de sistemas para el confinamiento de residuos peligrosos

$51,978.76
$51,979
AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS
CLAVE DE CÓMPUTO
400150

Art. 194-T-1.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, autorización para importar y exportar residuos peligrosos, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas

   

I.- Para importar residuos peligrosos

$1,205.93
$1,206

II.- Para exportar residuos peligrosos

$566.60
$567
PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
CLAVE DE CÓMPUTO
400151

Art. 194-T-2.- Por la evaluación y, en su caso, aprobación de los programas para la prevención de accidentes, para quienes realicen actividades altamente riesgosas, pagarán el derecho, conforme a la cuota de

$1,481.57
$1,482
ESTUDIOS DE RIESGO
CLAVE DE CÓMPUTO
400157

Art. 194-T-3.- Por la evaluación y emisión de la resolución del estudio de riesgo ambiental, se pagará el derecho de prevención y control de la contaminación conforme a las siguientes cuotas:

   

I.- Estudio de riesgo Nivel 0 (ductos terrestres)

$684.71
$685

II.- Estudio de riesgo Nivel 1 (antes Informe Preliminar de Riesgo)

$1,047.27
$1,047

III.- Estudio de riesgo Nivel 2 (antes Análisis de Riesgo)

$635.06
$635

IV.- Estudio de riesgo Nivel 3 (antes Análisis Detallado de Riesgo)

$2,128.02
$2,128

LOS PAGOS SE REALIZÁN EN BANCOS AUTORIZADOS CON EL FORMULARIO FISCAL No. 5 "DECLARACIÓN GENERAL DE PAGO DE DERECHOS", EN 3 JUEGOS.
DEBERA ANEXARSE UN ORIGINAL AL FORMATO ORIGINAL DEL TRAMITE Y EN EL RESTO COPIAS.

Actualización: July 18, 2005

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